jueves, 26 de marzo de 2015

Un fiscal fue condenado a pagar $400.000 por desamparar a su familia en La Plata


Fiscal Bustos Rivas

Los jueces Soto y Larumbe, de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Nº 2 Sala 3 de consideraron que el demandado, el fiscal titular de la UFI 5 de Florencio Varela, Hernán Bustos Rivas abandonó en 2009 a sus hijas menores estando su madre desempleada.

En un fallo de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Nº 2 Sala 3 – La Plata a cargo de los Doctores Soto y Larumbe, obligan al fiscal titular de la UFI 5 de Florencio Varela, Hernán Bustos Rivas a pagar una suma récord que llega a los 400.000 pesos
La causa fue iniciada en 2009 por quién entonces era su esposa a raíz del abandono del hogar que hiciera el funcionario, dejando a sus hijas de 11 y 16 desamparadas y con la madre desempleada. Allí comenzó un largo derrotero por los estrados judiciales durante el cual debió salvar mas de un obstáculo por parte de la corporación judicial.

A pesar de tener sentencia en contra, Bustos Rivas hizo caso omiso de esto , lo cual le agrega una mayor carga condenatoria por ser un hombre representante de la justicia.
Solamente se avino al cumplimiento parcial durante un lapso de 6 meses, hasta que su ex esposa recibiera una notificación de desalojo ante la falta de pago de los alquileres correspondientes y que según estaba acordado, corrían por cuenta de Bustos Rivas
Este es el mayor monto que se haya conocido hasta la fecha en concepto de alimentos . $ 300.000.- más costas que llegaran a sumar 400.000.-
Bustos Rivas es un conocido fiscal de Quilmes con gran predicamento en la zona de Florencio Varela y se le conoce un nivel de vida cuanto menos , opulento y varias propiedades a su nombre , de lo cual se desprende que el incumplimiento en cuestión no obedece a falta de recursos , si no más bien a un desinterés liso y llano por sus hijas.
En diálogo exclusivo con Infobaires24.com.ar, el abogado defensor de la ex esposa Darío Saldaña nos manifestaba lo siguiente
-La deuda quedó ya liquidada, sólo queda de abril hasta la fecha, y quedó alrededor de $300 mil, que con intereses y honorarios redondearía los $400 mil.
Esto no es una deuda común, donde él no puede decir “bueno, voy a refinanciar”. Acá estamos hablando de situaciones en las que expuso a su familia. Lo que está pagando es por eso. Es dinero que debieron afrontar terceras personas para solventar los gastos de su familia que, en parte, provocaron los incumplimientos de este fiscal (su vivienda, cuando la desalojó a Viviana, cuando la dejó sin vehículo). Esto no es una indemnización, son los gastos de alimento que nunca pagó.
IB24-¿Cuánto tiempo llevó todo este procedimiento? Porque entiendo que el fiscal está hace mucho tiempo en actitud de desconocer las responsabilidades ante su familia.
Llevó varios años, pero en el caso nuestro le dimos un impulso nuevo porque tomamos hace relativamente poco la representación de Viviana y tratamos de cumplir todos los pasos procesales, pequeños o no relevantes, pero que en su conjunto determinaron que estuviera notificado de la deuda, de que se liquidaran los intereses, de que se ajustara todo para que esté listo para ser ejecutado, situación que ya está en camino.
IB24- Pero, ¿se aviene al cumplimiento del fallo el fiscal?
No, él está notificado desde abril, nuevamente en junio, y ha hecho caso omiso al fallo. Este fallo amerita sanciones que exceden lo meramente económico, va a ser necesariamente incluído en el registro de deudores morosos alimentarios por la magnitud de la deuda, obviamente incluído en el veraz y en todas las empresas de información de riesgo crediticio. En caso de perseverar en su negativa, vamos a ver algún otro tipo de alternativa, y vamos a entender que el incumplimiento es malicioso, lo cual generaría una inconducta como funcionario.
IB24- Por todas las dilaciones que ha habido hasta el momento, ¿se podría entender que Bustos Rivas ha hecho uso de su lugar como hombre de la justicia?
No sé si ha usado algún tipo de influencia, pero sí la comodidad que le brinda la posición de fiscal y el conocimiento de ciertas demoras o marañas burocráticas de la Justicia que llevan a aprovecharse de eso. No podría decir de influencias porque no me consta, te lo podría decir si de acá a unos meses me ponen algún tipo de obstáculo a mí que exceda lo meramente procesal.
IB24-En su opinión, como hombre de la justicia, al igual que el fiscal, ¿no le parece que es un pésimo mensaje a la población, en tanto hoy está tan cuestionada la justicia misma?
Sí, no solamente en cuanto a mensaje o ejemplo, sino desde la propia reglamentación y de su condición de funcionario en el que el Estado deposita el control de la legalidad de las persecuciones, creo que el incumplimiento malicioso (eso sí me atrevo a aseverarlo) de sus obligaciones implica una violación de las normas de ética de los funcionarios e incluso de la legislación disciplinaria.
IB24-Cómo continúa y cuáles son las alternativas hacia adelante.
Lo primero que se va a hacer en este caso es que se va a proceder inmediatamente para ejecutar directamente ese monto como cualquier otra sentencia plenamente discutida: se procede al embargo, y en caso de detectársele bienes se va al remate y al embargo de su sueldo, además de las sanciones extramonetarias a las que me referí antes.
IB24-Entiendo que el fiscal cuenta con un patrimonio bastante importante, ¿esto ha sido detectado por ustedes?
Más que el patrimonio, lo que nosotros tenemos detectado es lo que la ley en materia de alimentos para la familia exige. Es el nivel de vida, el manejo de dinero y las cuestiones a las que accede. Eso es lo que más importa desde el punto de vista del derecho de familia. Obviamente sí lo tenemos comprobado, incluso con trabajos que son más allá del de fiscal tiene otros ingresos. Lo más importante en este caso es que nosotros lo que entendemos es que a partir de la mitad del 2014, el incumplimiento es netamente malicioso, lo cual implica ir más allá de que se le apliquen intereses en cuanto a los atrasos y a los morosos. Entiendo que hay una situación muy concreta de inmoralidad por parte del fiscal y del cumplimiento de sus obligaciones alimentarias.

Fuente: www.infobaires24.com

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