jueves, 30 de octubre de 2014

“Un fallo cruel y obsceno”

Reina Maraz Bejarano fue condenada este martes a prisión perpetua por el presunto asesinato de su pareja, Límber Santos Vilca. Reina, boliviana de origen quechua, afirmó reiteradamente su inocencia, pero el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 1, de Quilmes, avaló los argumentos de la fiscalía, tomando como prueba principal un cuestionado interrogatorio en Cámara Gesell a uno de los hijos de la pareja.
Reina fue detenida en 2010, acusada de asesinar a su marido en complicidad con Tito Vilca, un vecino de los Hornos de Chacho, en Florencio Varela. El periplo de Reina hasta allí había sido largo y penoso, como relató Notas hace meses.
Había conocido a Límber en la localidad boliviana de Avichuca, cerca de Sucre, cuando tenía 17 años. Luego se casaron y tuvieron dos hijos. Reina cuenta que ya en aquél entonces, Límber la golpeaba cuando bebía. Al tiempo éste se ausenta del hogar para buscar trabajo en Argentina. A su regreso, intenta convencerla de que emigre con él y debe amenazarla con quitarle a sus hijos para convencerla.

En 2009 Reina arriba a un país en el que no conoce la lengua y queda absolutamente a merced de Límber y su familia. Durante el período en que viven con una de las hermanas de su pareja, incluso le quitan los documentos para intentar evitar que huya. Reina relata que en este período fue reiteradamente golpeada. Luego de un tiempo se mudan a Florencio Varela, donde ambos trabajan en hornos ladrilleros. Ganan muy poco y Reina cuenta que apenas comía. El poco dinero obtenido se destinada a la bebida de Límber, lo que derivaba en nuevas golpizas. En este barrio conocen a Tito Vilca, a quien su marido llega a entregarla como forma de saldar unas deudas de juego. Reina denunció que las violaciones por parte del vecino, con el consentimiento de su marido, fueron reiteradas.

El 16 de noviembre de 2016 Reina presenta una denuncia en la policía por la desaparición de su marido, que faltaba hace dos días de su hogar. A los pocos días, supuestamente basándose en la denuncia de uno de sus hijos menores, la policía allana su domicilio y encuentran el cuerpo de Límber enterrado en un predio aledaño. Reina es detenida, estando embarazada de siete meses, y pasa primero una temporada detenida en una comisaría hasta que ingresa al penal femenino N°33 de Los Hornos, provincia de Buenos Aires.

Allí, luego de más de un año de detención, víctima de diversos abusos del personal penitenciario y sin que la brecha idiomática le permitiera comprender de qué se la acusaba, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) conoce su caso en una visita de monitoreo a la cárcel y finalmente le garantiza un servicio de traducción y una defensa legal. En abril de 2012 el Juzgado de Garantías Nº 6 de Quilmes anula gracias a la intervención de la CPM la única audiencia en la que Reina había declarado durante la instrucción de la causa y dispone nuevas audiencias. Desde entonces, la traductora Frida Rojas la asiste y traduce en cada instancia judicial. Recién allí Reina puede enterarse de que se la acusaba de haber sido cómplice en el asesinato de Límber. Para colmo, Tito Vilca murió hace meses estando detenido, por lo que ahora ella queda como la única acusada de un homicidio doblemente agravado (premeditado y con alevosía).

Según la versión de la fiscalía, Reina y su vecino Tito Vilca se pusieron de acuerdo para matar a Límber y lo hicieron estrangulándolo, luego lo enterraron juntos y finalmente se repartieron el dinero de unos ahorros de la víctima y sus dos celulares. La hipótesis de la acusación tiene como base y prueba central al testimonio del hijo del medio de Reina, que entonces contaba con apenas 5 años, obtenido en un interrogatorio con la fiscal del caso en una charla en Cámara Gesell, pero sin la presencia mínima de una psicóloga o de una traductora para el menor.

Las integrantes del TOC N° 1 aceptaron enteramente la hipótesis de la acusación, desoyendo las protestas de la defensa que hacía hincapié en la absoluta falta de pruebas para condenar a Reina, así como en la interminable cadena de violencias personales e institucionales de la que había sido víctima, desde la física y sexual por parte de su marido y su vecino, hasta la indiferencia penitenciaria respecto de su aislamiento idiomático, los maltratos policiales y finalmente la absoluta sordera judicial. Pero las juezas Silvia Etchemendi, Marcela Vissio y Florencia Butierrez hicieron caso omiso de estas razones y este martes 28 dictaron una sentencia que condena a Reina a prisión perpetua. Los fundamentos del fallo serán presentados el próximo 11 de noviembre y la defensa tendrá derecho a apelar, cosa que ya anticipó que hará, hasta el 1 de diciembre.

Sofía Ballesteros, una de las abogadas de la acusada sostuvo en declaraciones a Anred inmediatamente conocido el fallo que la condena “no deja de impactarnos porque pensábamos que era una posibilidad muy remota ya que en las audiencias de la semana pasada no se habían encontrado pruebas suficientes que marcaran la responsabilidad de Reina en este caso, sino todo lo contrario”. Al respecto, agregó: “Una vez más la Justicia no escucha a las mujeres, no tomaron ninguno de los argumentos, ninguna de las verdades que relató Reina en esta audiencia”.

Acerca del testimonio del hijo de Reina en Cámara Gesell la abogada sostuvo: “tampoco tomaron en cuenta las apreciaciones que evaluaron lo que entiendo que es la prueba central por la que la condenan a Reina, que es una Cámara Gesell. Hubo cuestionamientos muy fuertes por parte de las tres psicólogas respecto de esa prueba en el sentido de que era una aberración cómo se le había tomado declaración a ese niño, que estaba mal desde todo punto de vista, tanto desde lo técnico como desde la psicología. Ellas fueron muy claras en el sentido de que eso no se podía tomar por válido de ninguna forma, que lo que el niño decía era un discurso que repetía y que había sido inculcado por un mayor. El niño hablaba en quechua, la fiscal lo interroga en castellano y todo el tiempo está interpretando lo que el niño balbucea muy confusamente”.

En el mismo sentido, la directora de Litigio estratégico de la CPM, Margarita Jarque, consideró: “lamentamos que el tribunal no haya escuchado e incorporado la voz de Reina, su relato. También resulta inexplicable una sentencia basada exclusivamente en una cámara Gessell que durante el debate las 3 peritos especialistas cuestionaron duramente, de manera fundada y la consideraron como una prueba no válida”.

Finalmente, Ballesteros concluyó: “Pero evidentemente las juezas no tomaron ninguna de esas cuestiones y condenan a Reina con muy pocas pruebas. Realmente parece muy cruel y muy obsceno lo que dicen las juezas de que Reina se puso de acuerdo con este otro hombre para matar a su marido. Ese otro hombre violaba a Reina y ella lo dijo muchas veces. Y ese hombre la violaba con la autorización del marido de Reina. Entonces realmente es repudiable esa mirada de la Justicia que sigue comprando este tipo de versiones”.

notas.org.ar

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