martes, 29 de diciembre de 2009

El HCD tratará cambios en la Ordenanza del Parque Ambiental


La Sesión fue convocada para las 9 de hoy y en ella harán su debut los ediles electos en Junio pasado. El debate promete ser más que interesante. Se tratarán pocos temas, entre ellos la licencia por vacaciones del intendente municipal. El plato fuerte será el proyecto de ordenanza que busca llevar seguridad a los pobladores de La Capilla y El Pato en torno del Parque Ambiental Regional. Adelantamos el texto.

Este el proyecto que la Secretaria de Desarrollo Sustentable no hizo conocer a los pobladores de La Capilla el sábado pasado y por ende genera desconfianza en la gente. El proyecto ingresó al Concejo Deliberante el 22 del corriente mes. Lleva el número de expediente 21501 y corre en forma paralela para ser tratado al que presentó el edil del PJ Disidente Dardo Ottonello. La semana pasada dimos a conocer el proyecto opositor, este el proyecto oficialista. Los vecinos de La Capilla, principales interesados en el tema, presentarían en el dia de hoy a cada uno de los concejales una nota en la que piden tiempo para estudiar el proyecto y buscar lo mejor. ¿Qué actitud tomarán los ediles? Por lo pronto se sabe que la bomba de tiempo llamada Presidencia de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente ha recaido en Omar Colombi, quien ha dicho que tiene un plan sobre el particular y que ese plan deriva en estudios encargados sobre el medio ambiente. La sesion promete contar con un amplio debate de ideas.

ORDENANZA



ARTICULO 1°: CONVALIDASE el Acta Acuerdo suscripta entre la Municipalidad de Berazategui y la Municipalidad de Florencio Varela por la cual las partes convinieron las acciones a desarrollar por la Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria "Parque Ambiental Regional SAPEM", ajustándose en un todo al plexo normativo vigente.



ARTICULO 2°: A los fines de desarrollar su objeto, la SAPEM deberá arbitrar los medios y acciones necesarios para la creación, implementación y funcionamiento "DEL PARQUE AMBIENTAL REGIONAL" a llevarse a cabo en forma conjunta entre los Municipios de Florencio Varela y Berazategui, mediante una planta de tratamiento exclusivo de residuos sólidos urbanos, que contemple su procesamiento, reducción, reutilización, reciclado y valorización con disposición final, sin que ello importe la disposición final de residuos a cielo abierto en el predio, el enterramiento de residuos, su tratamiento sobre el suelo a cielo abierto, incineración y/o proceso pirolítico alguno y todo otro procedimiento que implique la contaminación del suelo, las aguas superficiales o profundas. Descartase el tratamiento y recepción de residuos clasificados como patógenos, especiales, solventes, radioactivos o peligrosos en general.



ARTICULO 3°: Deberá propiciar la formación, capacitación y participación de docentes, miembros de ONG's, comerciantes, industriales y miembros de la comunidad en general en materia ambiental y, en particular, en cuanto a la reducción, reutilización y reciclaje de los residuos sólidos urbanos.



ARTICULO 4°: Propenderá la incorporación de contenidos ambientales conforme lo dispuesto en el artículo uno en los distintos ciclos educativos, especialmente en los niveles básicos y en los sistemas de educación no formal.



ARTICULO 5°: Para cumplimentar lo establecido en los artículos 2° y 3° de la presente ordenanza se propiciará:

A.- La realización de jornadas ambientales con participación de la comunidad Varelense;

B.- El desarrollo de campañas de publicidad e información dirigidas a la población en general;

C.- El fomento de la concientización de los miembros de la comunidad para la adquisición de hábitos de clasificación en origen de los residuos domiciliarios, su reducción, reciclado y reutilización de los mismos.



ARTICULO 6°: Se motivará a los miembros de la comunidad Varelense a formular sugerencias y toma de iniciativas en las acciones tendientes a preservar y proteger el medio ambiente y los recursos naturales jurisdiccionales e interjurisdiccionales.



ARTICULO 7°: Déjese sin efecto toda normativa que se oponga a lo dispuesto en la presente.



ARTICULO 8º: De forma.



DR. JORGE ALBERTO LOPEZ

SECRETARIO

ASESORIA PRIVADA JURIDICA Y ECONOMICA



JULIO CESAR PEREYRA

INTENDENTE MUNICIPAL DE FLORENCIO VARELA

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